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3.2 - Los ámbitos de la participación

El ser humano, por el hecho de haber nacido en una sociedad, tiene unos derechos naturales. Está en la naturaleza de las cosas que a todos los seres humanos se les reconozca el derecho a participar activamente en la vida social según las circunstancias y momento de cada sociedad.

Derecho a participar en la riqueza: «... se afirma la necesidad de una participación de todos en los bienes de la tierra» (Radiomensaje de Pío XII de 1941, 21). «... consideramos oportuno llamar la atención de todos sobre un precepto gravísimo de la justicia social, a saber que el desarrollo económico y el forma que todas las categorías sociales tengan participación adecuada en el aumento de la riqueza de la nación» (San Juan XXIII, Pacem in terris, 73).

Derecho a participar en el trabajo: «... el derecho a participar en el trabajo para valorar los bienes de la tierra y recabar del mismo el sustento propio y de los seres queridos; el derecho a fundar libremente una familia, a acoger y educar a los hijos.... ; el derecho a participar en el trabajo para valorar los bienes de la tierra y recabar del mismo el sustento propio y de los seres queridos» (San Juan Pablo II, Centesimus annus, 47); «... siguiendo en esto la dirección trazada por nuestros predecesores, Nos estamos convencido de la razón que asiste a los trabajadores en la vida de las empresas donde trabajan ... (las normas) han de establecerse, más bien, teniendo en cuanta la situación de cada empresa; situación que varía de unas a otras» (San Juan XXIII, Mater et magistra, 91).

Derecho a participar en la cultura: «…que finalmente, todos, por los procedimientos y grados oportunos, puedan participar en los bienes de la cultura» (San Juan XXIII. Pacem in terris, 64). «…el Estado debe procurar que a todos los ciudadanos sea accesible la conveniente participación en la cultura y que se preparen debidamente para el cumplimiento de sus obligaciones y derechos civiles» (Declaración Conciliar Gravissimum educatianis, 6).

Derecho a participar en la vida pública: «Es una exigencia cierta de la dignidad humana que los hombres puedan con pleno derecho dedicarse a la vida pública, si bien solamente pueden participar en ella ajustándose a las modalidades que concuerden con la situación real de la comunidad política a la que pertenecen» (San Juan XXIII, Pacem in terris, 73).

«Es necesario por ello estimular en todos la voluntad de participar en los esfuerzos comunes. Merece alabanza la conducta de aquellas naciones en las que la mayor parte de los ciudadanos participa con verdadera libertad en la vida pública. Debe tenerse en cuenta, sin embargo, la situación real de cada país y el necesario vigor de la autoridad pública» (Gaudium et spes, 31).

«Porque la garantía de los derechos de la persona es condición necesaria para que los ciudadanos, como individuos o como miembros de asociaciones, puedan participar activamente en la vida y en el gobierno de la cosa pública» (Gaudium et spes, 73).

«El paso al campo de la política expresa también una exigencia actual de la persona: mayor participación en las responsabilidades y en las decisiones. Esta legítima aspiración se manifiesta sobre todo a medida que aumenta el nivel cultural, se desarrolla el sentido de la libertad y la persona advierte con mayor conocimiento cómo, en el mundo abierto a un porvenir incierto, las decisiones de hoy condicionan ya la vida del mañana» (Pablo VI, Octogesima adveniens, 47).

«La Iglesia aprecia el sistema de la democracia, en la medida en que asegura la participación de los ciudadanos en las opciones políticas y garantiza a los gobernados la posibilidad de elegir y controlar a sus propios gobernantes, o bien la de sustituirlos oportunamente de manera pacífica. Por esto mismo, no puede favorecer la formación de grupos dirigentes restringidos que, por intereses particulares o por motivos ideológicos, usurpan el poder del Estado. Una auténtica democracia es posible solamente en un Estado de derecho y sobre la base de una recta concepción de la persona humana. Hoy se tiende a afirmar que el agnosticismo y el relativismo escéptico son la filosofía y la actitud fundamental correspondientes a las formas políticas democráticas, y que cuantos están convencidos de conocer la verdad y se adhieren a ella con firmeza no son fiables desde el punto de vista democrático, al no aceptar que la verdad sea determinada por la mayoría o que sea variable según los diversos equilibrios políticos. A este propósito, hay que observar que, si no existe una verdad última, la cual guía y orienta la acción política, entonces las ideas y las convicciones humanas pueden ser instrumentalizadas fácilmente para fines de poder. Una democracia sin valores se convierte con facilidad en un totalitarismo visible o encubierto, como demuestra la historia» (San Juan Pablo II, Centesimus annus, 46).