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1.1 - El bien común y las dimensiones de la sociedad

a) La dimensión vertical

«El Estado debe velar por el bien común como propia misión suya» (León XIII, Rerum novarum, 23). «No se puede permitir en modo alguno que la autoridad civil sirva al interés de uno o de pocos, porque está constituida para el bien común de la totalidad social» (León XII, Inmortale Dei). «La razón de ser de cuantos gobiernan radica por completo en el bien común. De donde se deduce claramente que todo gobernante debe buscarlo, respetando la naturaleza del propio bien común y ajustando al mismo tiempo sus normas jurídicas a la situación real de las circunstancias» (San Juan XXIII, Pacem in terris, 54).

b) La dimensión horizontal

«Todos los individuos y grupos intermedios tienen el deber de prestar su colaboración personal al bien común. De donde se sigue la conclusión fundamental de que todos ellos han de acomodar sus intereses a las necesidades de los demás, y la de que deben enderezar sus prestaciones en bienes o servicios al fin que los gobernantes han establecido, según normas de justicia y respetando los procedimientos y límites fijados para el gobierno» (San Juan XXIII, Pacem in terris, 53).

c) Un elemento común

«Todos los ciudadanos, sin excepción alguna, deben contribuir necesariamente a la totalidad del bien común» (León XIII, Rerum novarum, 25). «Todos los miembros de la comunidad deben participar en el bien común por razón de su propia naturaleza, aunque en grados diversos, según las categorías, méritos y condiciones de cada ciudadano» (San Juan XXIII, Pacem in terris, 56).