1.2 - San Juan XXIII y las exigencias del bien común
a) Exigencias del bien común nacional
«Por lo que concierne al primer aspecto, han de considerarse como exigencias del bien común nacional: facilitar trabajo al mayor número posible de obreros; evitar que se constituyan, dentro de la nación e incluso entre los propios trabajadores, categorías sociales privilegiadas; mantener una adecuada proporción entre salario y precios; hacer accesibles al mayor número de ciudadanos los bienes materiales y los beneficios de la cultura; suprimir o limitar al menos las desigualdades entre los distintos sectores de la economía - agricultura, industria y servicios-; equilibrar adecuadamente el incremento económico con el aumento de los servicios generales necesarios, principalmente por obra de la autoridad pública; ajustar, dentro de lo posible, las estructuras de la producción a los progresos de las ciencias y de la técnica; lograr, en fin, que el mejoramiento en el nivel de vida no sólo sirva a la generación presente, sino que prepare también un mejor porvenir a las futuras generaciones» (San Juan XXIII, Mater et magistra, 79).
b) Exigencias del bien común internacional
«Ninguna época podrá borrar la unidad social de los hombres, puesto que consta de individuos que poseen con igual derecho una misma dignidad natural. Por esta causa, será siempre necesario, por imperativos de la misma naturaleza, atender debidamente al bien universal, es decir, al que afecta a toda la familia humana» (San Juan XXIII, Pacem in terris, 132).
«Son, por otra parte, exigencias del bien común internacional: evitar toda forma de competencia desleal entre los diversos países en materia de expansión económica; favorecer la concordia y la colaboración amistosa y eficaz entre las distintas economías nacionales, y, por último, cooperar eficazmente al desarrollo económico de las comunidades políticas más pobres» (San Juan XXIII, Mater et magistra, 80).