ABC, Sábado 20/9/2003.
El TSJ valenciano iguala el sueldo de los profesores de religión al de los interinos
GEMA ALONSO
La
Conselleria
de
Cultura
y
Educación
de
la
Generalitat
Valenciana
deberá
abonar
unos
450.000
€
reclamados
por
diferencias
comparativas
en
más
de
100
pleitos
VALENCIA.
La
Sala
de
lo
Social
del
Tribunal
Superior
de
Justicia
de
la
Comunidad
Valenciana
ha
estimado
más
de
cien
recursos
presentados
por
profesores
de
religión
y
moral
católica
en
centros
públicos
de
educación
primaria,
en
los
que
reclamaban
las
diferencias
comparativas
entre
sus
sueldos
y
los
de
un
profesor
interino
de
idéntico
nivel
académico.
El
alto
tribunal
valenciano
reconoce
el
derecho
de
cada
uno
de
los
demandantes
a
percibir
3.398´790
euros
para
lograr
la
equiparación
salarial,
por
lo
que
la
Conselleria
de
Cultura,
Educación
y
Deportes
deberá
abonar
una
cifra
total
cercana
a
los
450.000
euros.
Esta
cantidad
podría
aumentar
a
medida
que
se
vayan
resolviendo
los
recursos
que
aún
carecen
de
fallo
judicial.
A
modo
de
ejemplo,
una
de
las
demandantes,
profesora
en
el
centro
público
W.A.
Mozart
de
Loriguilla,
con
jornada
de
25
horas
semanales,
cobra
una
remuneración
mensual
en
el
curso
académico
2000-2001
de
214.625
pesetas,
a
razón
de
8.585
pesetas
por
hora,
distribuidas
en
4.894
pesetas
en
concepto
de
salario
base
y
3.691
por
complementos.
Durante
el
año
2001,
la
demandante
percibió
2.360.875
pesetas
por
su
trabajo,
539.726
pesetas
menos
que
la
retribución
percibida
por
un
compañero
interino,
siendo
también
17.190
pesetas
menos
las
recibidas
en
la
paga
extra
de
Navidad
y
8.595
pesetas
menos
que
un
interino
en
la
de
verano.
La
Sala
acepta
las
alegaciones
de
la
parte
actora
contra
la
sentencia
de
instancia
que
desestimó
la
demanda
de
reclamación
de
cantidad
y
considera
que
se
ha
infringido
la
orden
ministerial
de
9
de
abril
de
1999,
que
establece
el
régimen
económico
de
las
personas
encargadas
de
la
enseñanza
de
religión
católica
en
los
centros
públicos
de
educación
primaria.
Educación
pagará
las
deudas
Por
su
parte,
el
Consell,
que
tiene
transferidas
las
competencias
en
esta
materia
desde
el
año
2000,
prevé
acatar
las
sentencias
y
abonar
todas
las
cantidades.
Fuentes
de
la
Conselleria
anunciaron
que
Educación
no
recurrirá
estos
fallos
y
se
hará
cargo
de
todo
lo
que
se
adeuda,
que
se
irá
pagando
progresivamente
a
todos
los
profesores
afectados
durante
el
presente
ejercicio,
aunque
no
se
descarta
que
algunos
de
los
pagos
se
efectúen
en
2004,
dependiendo
de
las
partidas
presupuestarias.
Las
mismas
fuentes
explicaron
que
desde
que
se
asumieron
las
competencias
que
antes
dependían
del
Ministerio
de
Cultura
y
Educación,
se
comenzó
a
abonar
el
salario
a
los
profesores
de
religión
que
imparten
clases
en
los
centros
públicos
de
primaria.
Se
da
la
circunstancia
de
que
durante
el
curso
2000-2001
cobraron
el
80
por
ciento
del
total,
por
lo
que
las
cantidades
que
se
han
reclamado
mediante
la
interposición
de
más
de
100
demandas
corresponden
a
retrasos
de
esos
años
y
que
en
un
principio
fueron
desestimadas
por
la
propia
Conselleria
de
Cultura
y
Educación
y
por
el
juez
de
instancia.
Educación
recuerda
que
todos
los
profesores
de
religión
cobran
lo
mismo
que
los
interinos
desde
enero
de
2002,
fecha
a
partir
de
la
cual
se
regularizó
la
situación
discriminatoria.
El
26
de
febrero
de
1999
los
ministros
de
Justicia
y
Educación,
por
aquel
entonces
Margarita
Mariscal
de
Gante
y
Mariano
Rajoy,
respectivamente,
firmaron
con
el
entonces
presidente
de
la
Conferencia
Episcopal,
monseñor
Elías
Yanes,
un
convenio
que
otorgó
una
nueva
dimensión
al
profesorado
de
Religión
y
Moral
Católica
en
los
centros
públicos.
El
convenio
incluía
a
todos
los
profesores
de
Infantil
y
Primaria
y
a
los
de
Secundaria
que
no
pertenezcan
a
los
Cuerpos
Docentes.
El
Estado
asumió
condición
de
empleador
y
los
docentes
eran
equiparados
a
los
interinos
de
su
mismo
nivel,
con
un
contrato
laboral
de
duración
determinada
y
coincidente
con
el
curso
escolar,
a
tiempo
completo
o
parcial
y
encuadrados
en
el
Régimen
General
de
la
Seguridad
Social.
Una
vez
concluido
el
proceso
de
equiparación,
los
profesores
pasaban
a
depender
de
las
correspondientes
Administraciones
autonómicas.