Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos

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Reunión del comité de empresa y RRHH sobre modificaciones en la Resolución de asignación de vacantes

 

Madrid, 18 de junio de 2015

Estimadas/os compañeras/os:

En la reunión mantenida por el Comité de Empresa de profesores de religión con la Dirección General de Recursos Humanos, el pasado 8 de junio de 2015, se trató sobre algunas propuestas de modificación de la Resolución de provisión de vacantes para el próximo curso 2015-2016, a fin de poder realizar las consideraciones oportunas.

USIT-EP presentó por escrito su análisis y contrapropuestas, algunas de las cuales han sido recogidas en la Resolución finalmente publicada el lunes 15 de junio, a saber:

  • Respecto a la Base Quinta, manifestamos nuestro acuerdo en que hubiera un criterio claro, al tiempo que expresábamos nuestra discrepancia porque el mismo no fuera plenamente objetivo, por mantener una valoración totalmente unilateral: “la valoración de la Administración de la compatibilidad de los diferentes porcentajes de jornada que tengan los interesados”. Por lo que para intentar paliar los efectos que la aplicación del criterio pudiera producir según las casuísticas concretas, propusimos la conveniencia de añadir, “oídos los interesados”, como finalmente queda recogido en la redacción del 2º párrafo.

 

  • Respecto a la Base Séptima, el borrador recibido contenía, entre otras consideraciones: “Los profesores que participen con varios destinos definitivos podrán renunciar a uno de ellos, para compatibilizar la jornada con la obtenida en este procedimiento”.  

Rechazamos esa redacción por considerar que dificultaba la posibilidad real de  completar jornadas, proponiendo lo que finalmente ha sido aceptado y recogido en la Resolución:  “ (…) con varios destinos…  podrán renunciar a uno o varios de ellos, para compatibilizar la jornada…”

  • En la Base Decimoquinta (15.3.1), propusimos un añadido que ya el pasado mes de septiembre habíamos solicitado por escrito, y que trasladado al Comité de Empresa fue aprobado por la mayoría (con la abstención del sindicato con más representantes),  igualmente recogido en la redacción final: que las plazas a las que se pueda renunciar en la primera ronda de septiembre, se ofrezcan a los participantes a partir de la segunda ronda, para que siga primando el criterio de mérito sobre el azar.

 

  • El documento de trabajo presentaba una Base Decimosexta referida a las de nuevas contrataciones y que, criticamos fuertemente por colisionar o contradecir algunos puntos de la Base anterior, ha desaparecido en su totalidad en la redacción final.

En nuestra línea habitual de trabajo serio y responsable USIT-EP aportó por escrito (contrastando con la pasividad, también habitual, del resto de formaciones) otras muchas críticas razonadas y propuestas sensatas y elaboradas. Como las referidas a las Bases Séptima y Decimoquinta que prevén “penalizar” con no poder optar a elegir destinos en septiembre, a quienes no escojan un destino compatible en julio,  porque creemos que restringe y limita las posibilidades y la libertad de elección del profesorado. Y que la Administración, con ideas preconcebidas y pensando más en su propia comodidad que en las condiciones de trabajo o los legítimos intereses de los participantes, no ha tenido a bien atender. Tampoco fue atendida nuestra propuesta de que desapareciera la muletilla “jornadas compatibles” pidiendo que cualquier jornada fuera posible a efectos de mejorar la dedicación de los participantes.

En fin, que podemos decir que USIT-EP ha sido protagonista en las pocas variaciones que presenta el documento final respecto al borrador presentado. Porque no somos ni actuamos como convidados de piedra, estamos siempre a lo que nos debemos: defender con el trabajo bien hecho y responsable los intereses y derechos de los profesores de religión en la comunidad de Madrid.

 

USIT-EP