Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos

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Publicada la orden 1012/2015 que permite la habilitación lingüística al profesorado de Religión

 

Madrid, a 21 de abril de 2015

Estimadas/os compañeras/os:

          Os informamos que en el día de la fecha, ha salido publicada en el  BOCM las modificaciones a la Orden 1275/2014, de 11 de abril, por la que se regula el procedimiento de obtención de la habilitación lingüística en lengua extranjera para el desempeño de puestos bilingües en centros docentes públicos y en centros privados sostenidos con fondos públicos, de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid.

          Concretamente, y respecto al profesorado de religión, se añade el  siguiente tenor:
          e) Ser profesor de Religión, en las etapas de Educación Infantil,     Educación Primaria o Educación Secundaria, de centros docentes públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid o acreditar un compromiso de propuesta para la docencia por la autoridad religiosa correspondiente. 
                                                                     

          Esto supone que se abre la puerta para que el profesorado de Religión se pueda habilitar para impartir la asignatura en idioma extranjero. Sólo deseamos que la precipitación y la falta de negociación de unos suficientes plazos para la habilitación de nuestro colectivo, no suponga a medio plazo una merma de derechos.

          Un cordial saludo.

 

USIT-EP