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Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos

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El profesorado de Religión marginado en la prelación del Decreto de Formación

Madrid, 16 de noviembre de 2017

Estimadas/os compañeras/os:

Como todos/as habréis conocido, se ha publicado el Decreto 120/2017 de 3 de octubre, por el que se regula la formación permanente. En dicho Decreto, en su artículo 2 apartado 1, se señalan los destinatarios, y en el mismo artículo, en su apartado 2, se regula el acceso a las actividades que estará sujeto a la existencia de plazas disponibles.

El Decreto afirma que, en caso de insuficiencia de plazas, tendrán preferencia en su asignación, por el siguiente orden:
a) El profesorado de los centros (…) en los que se impartan las enseñanzas no universitarias establecidas en las normas educativas vigentes, ya sean de régimen general o de régimen especial.
b) El personal docente, técnico-educativo y otro personal reconocido como tal por las normas educativas vigentes, que realice tareas docentes, de apoyo educativo o personal docente que se encuentre en situación equiparada a la del servicio activo a efectos administrativos.
c) (…)

Hemos pedido información a la Consejería de Educación sobre nuestra ubicación, toda vez que el profesorado de religión tiene una asignatura que oficialmente no viene considerada como de régimen general ni especial. Nos han indicado que estamos incluidos en el apartado b).

Hemos elevado nuestra protesta por tal desaguisado, que es discriminatorio para los profesores de religión de la enseñanza pública; la contestación dada no ha sido satisfactoria, pues no valora la verdadera cuestión: la exclusión del apartado a), sosteniendo que también tenemos derecho a la formación.

¿Dónde están y qué hacen el resto de miembros del Comité de Empresa? ¿Por qué no han hecho nada? Es probable que ni se hayan dado cuenta.

En cualquier caso nosotros seguimos trabajando porque la asignatura y el profesorado de religión no sean discriminados.

¡Os seguiremos informando!

 

USIT-EP