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Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos

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prestaciones por maternidad y pensiones de viudedad

12 de octubre 2018

Estimadas/os compañeras/os:

       Por ser de amplio interés para las mamás y, ¡quién sabe! si para alguno de vuestros padres, os informamos:

1-  El Tribunal Supremo ha dictado en una sentencia que las prestaciones por maternidad no deben tributar por IRPF. Por ello, podría reclamar quien haya recibido prestaciones desde el año 2014. Debe solicitarse una rectificación de la autoliquidación, y pedir la devolución de los ingresos indebidos y de los intereses de demora. Para las declaraciones de la renta de 2016 y 2017 se puede hacer este trámite a través de la propia  web de la Agencia Tributaria.

2-  Incremento del porcentaje aplicable para el cálculo de la cuantía de la pensión de viudedad del sistema de la Seguridad Social (hay que solicitarlo expresamente), que cumpla los siguientes requisitos :

     Podéis encontrar el impreso en nuestra Web.

        Un saludo,

 

USIT-EP