Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos
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Local sindical - 28015 Madrid
Teléfono 91 594 55 60
Madrid, 28 de junio, 2024
Fieles a nuestro trabajo jurídico sindical hemos "peleado" en los Tribunales dos cuestiones de suma importancia para el colectivo, directa o indirectamente: la asignatura de Religión y la vulneración de la libertad sindical de USIT-EP.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID - CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: CURRÍCULO DE BACHILLERATO DE LA ASIGNATURA DE RELIGIÓN
Después de dos años, desgraciadamente y basándose en una anterior
sentencia del Tribunal Supremo, nuestra demanda sobre el currículo de
bachillerato en Madrid ha sido desestimada por la Sala del
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. No
esperábamos otra cosa después de la mencionada sentencia del Tribunal
Supremo, de la que esta es un corta-pega, pero consideramos que debíamos
mantenerla. Estamos en desacuerdo con la resolución, pero sentencia falla:
"1.- DESESTIMAR el presente recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la representación procesal de "Unión Sindical Independiente
de Trabajadores - Empleados Públicos USIT-EP" y el "Colectivo Nacional de
Docentes de Religión CONDOR", contra los apartados 3 y 4 de la disposición
adicional primera del Decreto 64/2022, de 20 julio, del Consejo de Gobierno
de la Comunidad de Madrid, por el que se establecen para la Comunidad de
Madrid la ordenación y el currículo del Bachillerato y, en consecuencia,
confirmamos íntegramente dicha resolución por ser conforme a derecho.
2.- Con imposición a la parte actora de las costas causadas en el presente
recurso."
Las costas que se nos imponen son de 2.500 euros más IVA. Lo que es evidente es que quien no se arriesga no gana. Quien tenga oídos que oiga.
SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO POR VULNERACIÓN DE LA LIBERTAD SINDICAL DE
USIT-EP, POR PARTE DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, ANPE, USO,
APPRECE Y ASI.
En este caso el Tribunal Supremo falla:
"Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le
confiere la Constitución, esta Sala ha decidido estimar parcialmente el
recurso de casación interpuesto por la Unión Sindical Independiente de
Trabajadores - Empleados Públicos (USIT-EP).
Casar y anular la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal
Superior de Justicia de Madrid en fecha 28 de abril de 2022 (rollo 143/2022)
y estimar en parte la demanda formulada por la Unión Sindical Independiente
de Trabajadores - Empleados Públicos (USIT-EP),declarando la existencia de
la vulneración del derecho de libertad sindical en su vertiente a la
negociación colectiva de USIT-EP; la nulidad radical de la conducta de las
codemandadas consistente en no convocar a USIT-EP a la mesa de negociación
de la "Adenda de modificación del Acuerdo por el que se regula la modalidad
de teletrabajo para el profesorado de Religión de enseñanza pública no
universitaria de la Comunidad de Madrid"; la nulidad de la referida Adenda
para volver a convocar a las secciones sindicales legitimadas para
negociarla en el ámbito del profesorado de Religión, y condenando a la
Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación,
Universidades, Ciencia y Portavocía de la Comunidad de Madrid al abono al
sindicato actor de una indemnización por daños morales en cuantía de 7.501
euros."
Seguiremos con nuestra labor, pese a quien le pese.
Un saludo.