Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos
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Madrid, 10 de marzo de 2020
Pese a que algunos sindicatos, en su línea, están a favor de las medidas tomadas por las Viceconsejerías en su Resolución conjunta, desde USIT-EP nos oponemos a ellas. Así se lo hemos transmitido a ambas Viceconsejerías con el presente escrito:
Se ha publicado la Resolución conjunta de las Viceconsejerías de Política Educativa y Organización Educativa como consecuencia de la situación y evolución del Coronavirus (COVID-19).
Desde USIT-EP rechazamos las medidas, en sus distintos apartados, por ser injustas, contradictorias, confusas y calculadamente ambiguas, y que deja la responsabilidad en las direcciones de los centros. Dicen:
«1. El personal docente, de administración y servicios y cualquier otro que preste servicio en los centros acudirá a los centros educativos de la forma habitual. No obstante, se promoverá el sistema de teletrabajo siempre que sea compatible con la continuidad de las actividades educativas previstas en esta resolución, así como la flexibilidad horaria, los turnos escalonados y las reuniones por videoconferencia.»
Es evidente que los docentes y el personal de administración y servicios son personas sujetas al mismo riesgo que los alumnos. Acudir al centro de la forma habitual supone ir con los mismos medios, pero nada dice de su estancia en el mismo, es más, permite la flexibilidad horaria entrando cada profesor al centro en distintos horarios sin saber para qué. Lo de las reuniones por videoconferencia no tiene sentido: por falta de medios y porque los docentes deberán estar en el centro. También, en clara confusión, dicen promover el teletrabajo (que por definición se hace desde casa). Pero no se aplica a los educadores infantiles y al personal de las escuelas infantiles. Piden conciliación a las empresas y la dificultan a los trabajadores a su cargo: increíble.
2. Con desconocimiento total de la programación y las labores docentes las Viceconsejerías pretenden «la adecuación de las programaciones didácticas, de manera que se indiquen las actividades educativas que podrán desarrollar los alumnos en sus domicilios». ¿Cómo se hace? ¿En un solo día? ¿Habría que llamar uno a uno a los padres de los alumnos para indicarles «las formas de presentación o de entrega de las actividades, así como los criterios de calificación de las mismas»?.
3 y 4. Es una quimera el pretendido «contacto periódico con alumnos, padres y tutores legales a través de la plataforma EducaMadrid, página web del centro, plataforma Roble, correo electrónico, así como de cualquier otro medio de comunicación que los centros consideren adecuado», cuando todavía hay multitud de alumnos en nuestra Comunidad que no tienen acceso a internet en sus domicilios y, en su caso, desconocen los mínimos rudimentos excepto el móvil.
6. Para los centros docentes privados no concertados, ellos sí, podrán adecuar las instrucciones en el marco de su autonomía, es decir, esos trabajadores podrán protegerse y cuidar y conciliar en familia.
Por último, la Orden 338/2020, de 9 de marzo, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de salud pública en la Comunidad de Madrid como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19), es jerárquicamente superior a las instrucciones de las Viceconsejerías, y en la misma no se contempla que los docentes y personal de administración y servicios acudan al centro, sino que se señala como medidas preventivas:
«1. En el ámbito docente: La suspensión temporal de la actividad educativa presencial en todos los centros y etapas, ciclos, grados, cursos y niveles de enseñanza, incluidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Durante el período de suspensión se recomienda continuar las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y “on line”.»
Unas instrucciones que son un verdadero desastre que provocan más dudas que certezas. Deben ser revocadas de inmediato.