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Escuela. (Escuela Española) 9 de octubre de 2003. Portada

Sentencia
El TSJM resta capacidad a los obispos respecto a los profesores de Religión
El Tribunal establece que la Consejería de Educación es la única instancia competente para decidir sobre las cuestiones laborales de estos docentes.

La Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid es la única instancia competente para efectuar la designación o adjudicación de un profesor de Religión a un centro educativo o puesto de trabajo. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) que reconoce, no obstante, la capacidad del Obispado para proponer cada curso a la Administración los candidatos que, a su juicio, resulten idóneos para impartir enseñanza católica.
La sentencia, que admite recurso ante el Supremo, ha sido recibida por el sindicato USIT, uno de los promotores del recurso ante el TSJM, como “un golpe de aire fresco para el colectivo de profesores de Religión, sometidos a injustas limitaciones de sus derechos laborales”, según ha declarado a los medios de comunicación su secretario general, Alfredo Sepúlveda.