Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos

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Devengo de sexenios del profesorado de religión

 

13 de diciembre de 2014

 

Estimadas/os compañeras/os:

Habéis podido leer, una vez más, ciertas informaciones sobre la presunta publicación de "las instrucciones" para el cobro de sexenios del profesorado de religión que han mandado algunos sindicatos tramposos. Lo cierto es que VUELVEN A MENTIR ya que, a día de hoy, no hay ninguna instrucción, y retamos a esos sindicatos a que digan dónde están esas instrucciones, excepto las dadas internamente por la Dirección General de Recursos Humanos a las DAT´s, así como la contestación dada al presidente del Comité de Empresa el 12 de diciembre de 2014 que, textualmente, dice:


"En relación con la petición de información sobre la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo, derivada del procedimiento nº D 1479/2013, de 7 de julio de 2014, sobre conflicto colectivo en la que se declara el derecho de los profesores de Religión que prestan servicios en centros públicos de enseñanza de la Comunidad Autónoma de Madrid al devengo y a la retribución del complemento específico de formación permanente (sexenio), se comunica lo siguiente:

Por parte de esta Dirección General, ya se han ultimado unas instrucciones internas para la regularización de los sexenios del profesorado de religión, que se han trasladado a las distintas Direcciones de Área Territorial, para que se inicien los trámites oportunos para su tramitación."

 

Ello significa que se hará de oficio, y sólo a efectos administrativos y de seguridad jurídica, pueden solicitarse los SEXENIOS con el habitual EXPONE y SOLICITA, citando para su comprobación, la antigüedad y los créditos de formación oficial que se tienen.

Los efectos económicos son de 14 de mayo de 2012, porque se computan desde un año antes de que USIT-EP interpusiera la demanda ante el TSJ de Madrid (14 de mayo de 2013), y se pagarán con carácter retroactivo hasta el 3 de septiembre de 2015, porque en esa fecha USIT-EP y la CM recibimos la sentencia definitiva y firme del Tribunal Supremo.

También se nos ha comunicado, verbalmente, que han dado orden de pagar en primer lugar a aquellos que tienen interpuesta una demanda. Es decir, a los de USIT-EP.

¡Os seguiremos informando! Un cordial saludo,

 

USIT-EP