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Unión Sindical Independiente de Trabajadores
Empleados Públicos

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¿POR QUÉ LLAMAN NEGOCIAR AL SERVILISMO?

29-5-19

Estimadas/os compañeras/os:

         Recientemente os informábamos de la subida retributiva, en una sola nómina, del 0,25 % de la masa salarial previsto en el artículo 3.Dos del Real Decreto-Ley 24/2018, de 21 de diciembre, de 94.143,54 euros para el profesorado de Religión.

         La Dirección General de Recursos Humanos citó «a las secciones sindicales y al Comité de Empresa (presidencia y secretaría)» (sic), en un nuevo gesto de «mera  apariencia» vacío de contenido real, con la indudable voluntad de manipular la voluntad general de los representantes de los trabajadores. Porque o se negocia con las secciones sindicales o con el Comité de Empresa; pero no puede hacerse con los dos. Parece que RRHH quería blindar sus propuestas en una hipotética votación. Así podían contar con los votos de la presidencia y la secretaría del Comité que son de USO, y a la vez los votos de su sección sindical, a los que hay que sumar los sindicatos del trueque: firma por foto. Una firma inmovilista a cambio de una foto para la galería.

         El Comité de Empresa acordó, y así lo han hecho saber, «que el reparto de la partida de 94.143,54 euros sea proporcional al tiempo trabajado y a la jornada». Pedir la proporcionalidad a la jornada es un desvarío, porque al ser una subida sobre la masa salarial, se produce sobre las retribuciones de la jornada realizada. Pero en todo caso,  lo cierto es que el Comité de Empresa, sin un nuevo acuerdo del mismo, firma algo contrario a lo que había acordado. Ese el estilo y el talante de quienes conforman la mayoría. En fin…

         Otros dicen que RRHH ha comentado que los criterios del reparto los pone la Dirección General de Función Pública, pero entonces, ¿para qué les han reunido? Y lo más grave, si todos querían otra cosa, ¿por qué han firmado tan felices?
 
         Eso demuestra que solo buscan fotos y postureo, pues llegan a la reunión para «negociar» y, por ignorancia o por servilismo, o las dos cosas, firman a toda prisa lo que impone la administración, es decir, que estando equiparados a los funcionarios interinos se nos deben aplicar los mismos criterios… omitiendo con ello lo siguiente:

  1. Que su montante y finalidad, la del profesorado de Religión, le son propios o específicos.
  2. Que tampoco trataba de dilucidar el montante que correspondería al profesorado de religión, previamente fijado en 94.143,54 euros, y que es, proporcionalmente, el mismo que para los funcionarios docentes, interinos o de carrera. Se trataba exclusivamente  de acordar cómo repartirlo.

 

Así, con sonrisas y fotos lo cierto es que han dejado fuera del reparto a decenas de compañeros con contratos precarios, a todos aquellos que no han podido completar 183 jornadas en el curso pasado. ¡Qué desvergüenza!
              
¡Os seguiremos informados!

 

USIT-EP